Informacion General

La Declaratoria de Herederos es el primer paso para comenzar todo trámite de herencia en Puerto Rico. Este proceso puede resultar complicado y abrumador sobre todo en los momentos difíciles tras la pérdida de un ser querido. Nuestro equipo está disponible para atender todas sus necesidades relacionadas a la herencia para que el proceso sea más fácil para usted y su familia.

Recomendamos que estos procesos se trabajen lo más rápido y temprano posible para evitar complicaciones futuras tales como;

  • Controversias entre Herederos
  • Deterioro de los bienes de la Herencia
  • Propiedades abandonadas o declaradas Estorbo Público
  • Deudas del CRIM o de Mantenimiento
  • Herederos que no aparecen

¿Qué es la Declaratoria de Herederos?

La Declaratoria de Herederos es un documento oficial del Tribunal donde se identifican quienes son las personas que heredan de la persona fallecida. En otras palabras, es un documento legal que nombra quienes son los herederos.

Es importante aclarar que si la persona fallecida dejó un testamento no tiene que hacer el proceso de la Declaratoria de Herederos. En esos casos, el testamento menciona quienes son los herederos por lo que no es necesaria la Declaratoria de Herederos.

En Puerto Rico, el proceso más común para obtener la Declaratoria de Herederos es redactar y radicar una Petición en el Tribunal correspondiente junto con varios documentos complementarios que pueden variar dependiendo de cada caso particular.

Una vez se presenta la Petición, el Tribunal revisa los documentos y si está todo en orden, emite una resolución declarando quienes son los herederos.

Este proceso normalmente lo hace un abogado autorizado a ejercer la profesión legal en Puerto Rico.

Además de la alternativa de solicitar la Declaratoria de Herederos en el Tribunal, el procedimiento lo puede realizar un Notario Público según permite la Ley de Asuntos No Contenciosos ante Notario, siempre y cuando se cumpla con varios requisitos.

El Relevo de Herencia (que se conoce como Planilla del Caudal Relicto de Hacienda o como Certificación de Cancelación de Gravamen Contributivo) es un documento oficial que emite el Departamento de Hacienda y que confirma que la persona fallecida no adeuda contribuciones y que sus bienes están libres de gravamen contributivo.

El proceso para obtener el Relevo es preparar y radicar una planilla en el Departamento de Hacienda. Para preparar la planilla se requiere información sobre la persona fallecida y sobre sus cuentas, bienes y/o propiedades.

Una vez se presenta la planilla, el Departamento de Hacienda la revisa y si está todo en orden, emite la Certificación de Cancelación de Gravamen Contributivo.

Este proceso normalmente lo hace un abogado o contable registrado en el Departamento de Hacienda como un especialista en planilla.

Tanto la Declaratoria de Herederos como el Relevo de Herencia son los principales documentos que los bancos, instituciones financieras y cooperativas le van a solicitar a los herederos para proveerles información sobre las cuentas de la persona fallecida, permitirles retirar dinero y/o para darles acceso a los bienes. No obstante, en algunas circunstancias los bancos, instituciones financieras y cooperativas pueden adelantar cierta cantidad de fondos sin necesidad del Relevo.

¿Qué es el Relevo de Herencia?

¿Cómo se transfiere una Propiedad a nombre de los Herederos?

Las propiedades conocidas como bienes inmuebles (casas, apartamentos, edificios, terrenos, etc.) que pertenecían a la persona fallecida no pasan automáticamente a sus herederos, ya que se requiere un proceso en el Registro de la Propiedad correspondiente.

El procedimiento consiste en redactar y presentar una petición o Instancia en el Registro de la Propiedad para inscribir la Propiedad a nombre de los Herederos que se mencionan en la Declaratoria. Se acompaña con la Instancia, copia certificada por el Tribunal de la Declaratoria de Herederos, el Relevo de Herencia y otros documentos como una Certificación Negativa de deuda de ASUME.

La Instancia paga unos sellos y comprobantes que se determinan de acuerdo con el valor de la propiedad y la participación de cada heredero.

En estos casos se necesita un Estudio de Título o Certificación Registral para obtener ciertos datos de la propiedad.

Este proceso normalmente lo hace un Notario Público autorizado en Puerto Rico.

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